FORMACIÓN DE DEMANDA
FINALIDAD
Facilitar a las empresas, principalmente a las pequeñas y medianas, el desarrollo de programas de formación mediante un procedimiento ágil, flexible y sencillo.
FUNDAMENTO
Todas las empresas disponen de un crédito para la formación subvencionado por la fundación tripartita.
Que se obtiene de multiplicar la cantidad ingresada por la empresa en concepto de formación profesional en el año anterior por un % de bonificación.
QUE EMPRESAS SE PUEDEN BENEFICIAR?
Todas aquellas que tengan centro de trabajo en el territorio nacional y que coticen por la contingencia de formación profesional.
QUE TRABAJADORES SE PUEDEN BENEFICIAR?
Todos aquellos que coticen en formación profesional
COMO APLICAR LA BONIFICACIÓN EN LOS TC´S
Debes especificar a la persona que te realiza los TC´s el mes en que se debe aplicar la bonificación, y el importe que debe especificar. Así, en el pago correspondiente a ese TC pagarás menos importe al aplicar la bonificación. Aunque puedes aplicarlo hasta el TC de diciembre, es mejor que lo realices en el del mes que has comunicado en la aplicación.
En todo caso, se debe tener en cuenta el sistema que se utiliza:
La cantidad recogida en el apartado “Bonificación a aplicar “es aquella que se recogerá en la casilla 763 del sistema RED. Las empresas que no utilicen el sistema RED, indicarán esta cantidad en la casilla 601 del TC1 complementario con la clave de liquidación (CL): 4 y con clave de control (CC): 95.
* La empresa podrá practicarse la bonificación a partir de la notificación de finalización del grupo formativo y hasta el último día hábil para poder presentar el boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del ejercicio económico correspondiente.